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NotaPublicado: Mar Sep 18, 2012 10:31 pm
por Mario
Adelantamiento por la izquierda en calzada de varios carriles para el mismo sentido de circulación:

(uno de los temas del desayuno en la etapa).

Articulo 83.2 del reglamento general de circulación:

- Cuando la densidad de la circulación sea tal que los vehículos ocupen toda la anchura de la calzada y sólo puedan circular a una velocidad que dependa de la del que los precede en su carril, el hecho de que los de un carril circulen más rápidamente que los de otro no será considerado como un adelantamiento.

NotaPublicado: Mié Sep 19, 2012 2:58 pm
por luis sanchez higueras
Entiendo que si no hay suficiente densidad de circulación ¿no puedes ir por tu carril de la derecha a la velocidad permitida y avanzar más rápido que el de la izquierda? y que para adelantar al inepto que va por el carril central jodiendo la procesión tienes que hacer dos cambios de carril para adelantarlo por la izquierda.
Bien, vamos bien.
Gracias Mario. El artículo está más o menos claro pero me he quedado obsoleto ya que cuando me saqué el carné me dijeron que había que circular por la derecha y que el (los) carriles de la izda se usaban para adelantar.
Una vez más estoy equivocado. Toda mi vida es un error.

NotaPublicado: Mié Sep 19, 2012 6:53 pm
por Cincohierros
esto debe ser lo que yo me perdi por levantarme el ultimo? :o

NotaPublicado: Mié Sep 19, 2012 7:11 pm
por Iñaki
lo hablamos durante la cena, no?

NotaPublicado: Mié Sep 19, 2012 8:09 pm
por luis sanchez higueras
Es que estos cabrones, mientras tanto, se estaban descojonando con la mula del Doroteo de mi pueblo.